martes, 18 de noviembre de 2014

El salario y las nóminas

Buenos días a todas y todos;

Todas las personas trabajadoras deben recibir un salario por el trabajo que han realizado en la empresa. Este salario puede pagarse en cómputo de tiempo (horas, días o mes), por obra o incluso mixto, como pueden ser los comerciales de las empresas o vendedores de seguros o viviendas.

Pero, ¿para qué vale este salario? Esta pregunta puede parecer un poco obvia, pero no sólo vale para poder vivir, sino que de este salario que recibimos por parte de las empresas, una parte de él se destina a pagar a la Seguridad Social y a Hacienda, y con estos pagos nos pagamos (entre otras cosas) las prestaciones como el desempleo, la jubilación, la incapacidad temporal, etc. Además, del pago derivado a Hacienda, podemos tener servicios públicos como la Educación y la Sanidad.

La nómina fue modificada la semana pasada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social a través de la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo del recibo individual de salarios. Lo que varía de este nuevo modelo al anterior es que aparece en el apartado de "devengos", las horas extraordinarias realizadas por las personas trabajadoras en los contratos a tiempo parcial. Además, en el apartado de "Determinación de las bases de cotización a la Seguridad Social y Conceptos de Recaudación Conjunta y de la Base sujeta a retención del IRPF y aportación de la empresa", aparecen la base y el tipo que tiene que pagar la empresa por cada persona trabajadora, evidentemente, junto con el dinero total destinado a ello. ¿Qué se pretende con esta medida? Principalmente dar información a la persona trabajadora de lo que cotiza la empresa por ella.

Aquí os dejo la presentación del salario y la nómina para que le echéis un vistazo.


Si queréis descargar la presentación y el nuevo modelo de nómina en excel, pulsad aquí.

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