jueves, 21 de noviembre de 2013

Ampliación del Programa Empresa - Empleo

Ayer se publicaba en el DOCM (Diario Oficial de Castilla La Mancha) la modificación de la orden que establecía las ayudas del Programa Empresa - Empleo.

En esta ocasión, se modifican aspectos sustanciales como el tiempo que deben estar inscritos los desempleados en las Oficinas de Empleo y Emprendedores (antiguo SEPECAM). Ahora tan sólo deben estar desempleados el día anterior a la contratación mediante estas ayudas. En el caso de que un trabajador desempleado vuelva a la empresa en la terminó su relación laboral, la finalización de la misma debe ser anterior al 1 de septiembre.

Del mismo modo, se modifican los beneficiarios, ampliándolos: las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro. Al igual que ya no será necesario que la empresa tenga su sede social en Castilla La Mancha, aunque sí que el centro de trabajo esté dentro de la Región.

Por último, en caso de que se produjesen despidos procedentes o extinciones de los contratos por voluntad de los trabajadores, o por no superación el período de prueba, que afecten a contratos subvencionados, los beneficiarios deberán proceder a la sustitución de los trabajadores, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de baja en la Seguridad Social y, al menos, por el tiempo que reste por cumplir del contrato subvencionado.

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